Fiscalidad

Cómo hacer la declaración de la renta 2025 con inversiones

Guía práctica para declarar correctamente tus inversiones en la renta 2025: ETFs, fondos, criptomonedas, dividendos y cuentas remuneradas en España.

6 min de lectura

La campaña de la renta que más inversores tienen que declarar

La campaña de la renta 2025 (que se declara en 2026) es probablemente la que más inversores particulares tienen que enfrentarse a casillas que nunca habían rellenado. El boom de plataformas como MyInvestor, Trade Republic y DEGIRO, combinado con el interés masivo por ETFs y criptomonedas, significa que millones de españoles tienen por primera vez rentas de inversión que declarar.

La buena noticia: si llevas un registro ordenado de tus operaciones, no es tan complicado como parece. La mala: si no lo llevas, abril puede convertirse en una pesadilla.

Este artículo te guía paso a paso por todo lo que necesitas declarar como inversor en España.

Fechas clave de la campaña 2025

  • Inicio del borrador: 2 de abril de 2026
  • Inicio de presentación: 2 de abril de 2026 (por internet)
  • Fin de la campaña: 30 de junio de 2026
  • Domiciliación bancaria: hasta el 25 de junio de 2026

Mi consejo: no esperes al último día. Si tienes inversiones, el borrador probablemente estará incompleto y tendrás que añadir datos manualmente. Cuanto antes lo hagas, más tiempo tienes para revisar sin prisas.

Lo que tienes que declarar como inversor

1. Ganancias y pérdidas por venta de ETFs y acciones

Cada venta de ETFs o acciones durante 2025 genera una ganancia o pérdida patrimonial que debes declarar, independientemente de si has ganado o perdido dinero.

Lo que necesitas por cada operación:

  • Fecha de compra
  • Precio de compra (incluyendo comisiones)
  • Fecha de venta
  • Precio de venta (descontando comisiones)

Dónde va en el modelo 100: apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones, casillas específicas para acciones y ETFs.

Si tu broker es español (MyInvestor, Selfbank), estos datos aparecerán pre-rellenados en el borrador. Si es extranjero (DEGIRO, Interactive Brokers), tendrás que introducirlos manualmente.

2. Reembolso de fondos de inversión

Si has reembolsado (vendido) participaciones de fondos de inversión, funciona igual que los ETFs. La diferencia es que los traspasos entre fondos no generan evento fiscal — solo los reembolsos a cuenta bancaria.

3. Dividendos

Los dividendos de acciones y ETFs de distribución tributan como rendimientos del capital mobiliario en la base del ahorro.

Si el broker ya te aplicó retención del 19% en origen (caso de brokers españoles), esa retención aparecerá en el borrador y reducirá lo que tienes que pagar.

Si el dividendo viene de un ETF o acción extranjera con retención en origen en otro país, puedes aplicar la deducción por doble imposición internacional para evitar pagar dos veces.

4. Intereses de cuentas remuneradas y depósitos

Los intereses que has cobrado en 2025 de cuentas remuneradas, depósitos o Letras del Tesoro tributan como rendimientos del capital mobiliario.

  • Bancos españoles (MyInvestor, Openbank): aplican retención del 19% automáticamente. Aparece en el borrador.
  • Bancos extranjeros (Trade Republic, bancos de Raisin): no aplican retención española. Tú tienes que declararlo.

Este es el error más común entre usuarios de Trade Republic: pensar que como el banco ya “retiene algo”, está todo declarado. Trade Republic aplica retención alemana, no española. Tienes que declarar esos intereses igualmente en España.

5. Criptomonedas

Las operaciones con criptomonedas en 2025 se declaran en casillas específicas del modelo 100. Tienes que declarar:

  • Ventas de criptomonedas por euros (ganancia o pérdida patrimonial)
  • Permutas entre criptomonedas (cada intercambio cripto-cripto es un evento fiscal)
  • Recompensas de staking (rendimiento del capital mobiliario)
  • Airdrops (ganancia patrimonial)

Para más detalle sobre la fiscalidad de cripto, aquí tienes la guía completa de Bitcoin y fiscalidad en España.

6. Modelo 721 — Criptomonedas en el extranjero

Si a 31 de diciembre de 2025 tenías más de 50.000€ en criptomonedas en exchanges extranjeros, debías haber presentado el modelo 721 antes del 31 de marzo de 2026.

Si no lo presentaste y debías hacerlo, regulariza cuanto antes — las sanciones por no presentarlo son significativas.

Cómo revisar el borrador correctamente

El borrador de la Agencia Tributaria es un punto de partida, no una declaración lista para presentar. Revisa especialmente:

Lo que suele estar pre-rellenado (y debes verificar):

  • Salario y retenciones de tu empresa
  • Dividendos e intereses de entidades financieras españolas
  • Ventas de ETFs y acciones si tu broker es español

Lo que suele faltar y tienes que añadir:

  • Operaciones con brokers extranjeros (DEGIRO, Interactive Brokers, Trading 212)
  • Intereses de bancos extranjeros (Trade Republic, bancos de Raisin)
  • Todas las operaciones con criptomonedas
  • Pérdidas de años anteriores que puedes compensar

Compensación de pérdidas — no te la saltes

Si en 2025 tuviste tanto ganancias como pérdidas, puedes compensarlas para reducir tu factura fiscal. Y si tienes pérdidas de años anteriores (2021, 2022, 2023, 2024) que no compensaste, puedes aplicarlas ahora.

Te explico el mecanismo completo en la guía de compensación de pérdidas patrimoniales.

Herramientas que te facilitan la vida

Para criptomonedas:

  • Koinly: importa automáticamente las operaciones de los principales exchanges y genera el informe fiscal adaptado a España.
  • CoinTracking: más completo pero con curva de aprendizaje mayor.

Para ETFs y acciones con múltiples brokers:

  • Descarga el informe fiscal anual de cada broker.
  • Si tienes DEGIRO, usa su sección de impuestos — el informe anual está en la web pero no está adaptado a la normativa española, tendrás que calcular manualmente o usar una herramienta externa.

El programa PADRE de la AEAT: Permite simular tu declaración antes de presentarla definitivamente. Muy útil si quieres ver el resultado antes de confirmarlo.

Mi proceso personal para la declaración

Cada año en enero hago lo mismo antes de que empiece la campaña:

  1. Descargo los informes fiscales de todos mis brokers.
  2. Exporto el historial de operaciones de exchanges de cripto.
  3. Lo proceso todo en una hoja de cálculo para tener el resumen de ganancias, pérdidas y rendimientos.
  4. En abril, cuando abre el borrador, lo reviso contra mis datos y añado lo que falta.

El proceso completo me lleva unas 3-4 horas si tengo todo organizado. Si no lo tuviera, podría ser días de trabajo. El registro durante el año marca toda la diferencia.

En resumen

La declaración de la renta con inversiones no es complicada si tienes los datos organizados. Lo que sí es complicado es intentar reconstruir un año de operaciones en abril sin haber llevado ningún registro.

Para no repetir el error el año que viene: empieza ya a llevar un registro simple de tus operaciones. Fecha, activo, precio, comisiones. Diez minutos cada vez que operas te ahorran horas de dolor en la próxima campaña.

Referencias

Etiquetas

#declaración renta #IRPF 2025 #inversiones #ETFs #fiscalidad

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